CONCEJO DE BUCARAMANGA

Atn. H.C. NANCY ELVIRA LORA

Presidenta

En mi condición de ciudadano Colombiano y en mi calidad de Representante Legal de la compañía VITALOGIC RSU S. A., y de la UNIÓN TEMPORAL VITALOGIC RSU, amparado en lo dispuesto en el Artículo 23 de la Constitución Nacional de Colombia, presento ante esa corporación este derecho de petición, el cual se fundamenta en los siguientes

HECHOS

El pasado 21 de marzo realizaron ustedes un debate de control político al doctor José Manuel Barrera, Gerente de EMAB, el cual fue transmitido al mundo entero mediante las redes de Internet y prensa. En él los Concejales, citantes e intervinientes, mencionaron en varias oportunidades el nombre de nuestra empresa, relacionándola con hechos de corrupción derivados de la Invitación Pública IP-001-EMAB-2017, para la selección de la Nueva Tecnología, su implementación y operación, para el tratamiento alternativo de la disposición final y el aprovechamiento de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) que se descargan en el relleno sanitario de “El Carrasco”.

En las diferentes intervenciones de los Concejales se mencionó que la oferta presentada por VITALOGIC RSU en ese proceso, era el fruto de hechos punibles, a todas luces censurables, y que se basan en la denuncia de un ciudadano que presenta un patrón delictivo en todas sus actuaciones; es decir, hechos sin pruebas demostradas ni sustento alguno en contra de VITALOGIC RSU.

Esa sesgada interpretación de un documento que no se ha probado como cierto en lo referente a nosotros, ha traído divulgación de noticias que no se ajustan a la realidad, y lo único que alcanza es divulgar información que nos perjudica, porque en nada se ajustan a la veracidad de los hechos.

El Honorable Concejo de Bucaramanga es un órgano Legislativo Municipal de un Estado Social de Derecho, el cual en cumplimiento de funciones intransferibles que le corresponden acerca de hechos que se desarrollan en su jurisdicción, no puede dentro de un acervo probatorio narrar hechos presuntos como si ya fueran ciertos.

Durante el debate se profirieron acusaciones en contra de VITALOGIC RSU manifestando que ella incurrió en hechos de corrupción, ocurridos dentro de un concierto fraguado por nosotros para el favorecimiento en la invitación pública de Emab, mencionando que pagamos una elevada suma de dinero para ser los adjudicatarios en el proceso, lo que es totalmente falso.

En alguno de los apartes del debate, uno de los Concejales menciona que el proceso fue amañado a favor de Vitalogic porque éste se encausaba como un proyecto WTE, el cual equivocadamente el Concejal asimila como un proyecto WāstAway to Energy, cuando en realidad esta sigla corresponde a una denominación de carácter mundial, que significa Waste to Energy, es decir, conversión de residuos en energía o también EFW (energía en los residuos o Energy from Waste). Es un proceso de generación de energía en forma de electricidad y/o calor a partir del tratamiento primario de los desechos. La tecnología WastAway no es una tecnología WTE; el proyecto de Vitalogic si lo es, pues involucra otras tecnologías mas para poder cumplir con la Política Nacional de residuos sólidos, aplicando una economía circular.

En nuestro país existe la presunción de inocencia. No es posible que por la simple presentación de una queja disciplinaria contra el señor alcalde, aun no probada, basada en un supuesto acuerdo para repartir un dinero, acuerdo que no se encuentra firmado por nosotros en ninguna de sus partes, se nos quiera hacer partícipes de él. Acusaciones de este tipo solo se podrán hacer con un veredicto probado de alguna actuación real, dictaminado por entes de control, lo que en este caso no ha ocurrido. Para su información, hemos ofrecido a esos entes toda nuestra colaboración, para que esta enojosa situación que nos afecta hoy sea aclarada totalmente, dejando limpio nuestro buen nombre.

Hemos manifestado en diferentes medios hablados y escritos que no existe participación alguna nuestra en actos de corrupción por el contrato de las nuevas tecnologías. Nuestro trabajo es serio y profesional, y consiste únicamente en ofrecer proyectos que pueden ser llevados a la práctica, con buenas condiciones económicas para las partes. Son proyectos cumplidores de la normatividad existente y totalmente ajustados a la ley.

Ratificamos por este medio, lo que hemos dicho repetidamente; ninguna persona ha estado o está autorizada para actuar en nuestro nombre ni comprometer a VITALOGIC RSU sin autorización previa, la que debe constar por escrito.

No es nuestra política ofrecer dinero para obtener beneficios en contra de la ley. En el caso específico de Emab Bucaramanga, afirmamos categóricamente que ningún funcionario público, sin importar su cargo, bien sea de la empresa de aseo, de la Alcaldía de Bucaramanga o de cualquier otra entidad municipal, departamental o estatal, ha sido siquiera tentado con regalos, dádivas, coimas o atenciones por nuestra parte. Nuestro trabajo siempre se ha desarrollado y se desarrollará con total honestidad.

RAZONES EN LAS CUALES SE FUNDAMENTA NUESTRA SOLICITUD

En Colombia, la ley es clara; existe la presunción de inocencia, la que se encuentra reconocida en el artículo 29 inciso 4º de la Constitución Política, mandato por el cual: “Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable”. Este postulado cardinal de nuestro ordenamiento jurídico no admite excepción alguna e impone como obligación la práctica de un debido proceso, de acuerdo con los procedimientos que la Constitución y la ley consagran para desvirtuar su alcance.

Aseveraciones como las realizadas en el debate por los Concejales lesionan principalmente nuestro buen nombre, poniendo también en peligro la realización de este tipo de proyectos, lo que no podemos pasar por alto.

En la propuesta presentada cumplimos con todas las exigencias del pliego de condiciones. No buscaba cosa distinta al ofrecimiento de una tecnología y su posterior implementación y operación para el tratamiento de los residuos sólidos urbanos, solucionando un problema de años. La oferta permaneció a la vista de todos durante más de 90 días en la página WEB de la Alcaldía, sin recibir observaciones.

Por convicción, tenemos un marcado interés en contribuir por un mejor medio ambiente. Trabajamos de acuerdo a lo establecido en la ley, con proyectos que cumplen los lineamientos nacionales, especialmente los establecidos en el Conpes 3874 de 2016 (Gestión integral de Residuos sólidos), con la aplicación de una economía circular, bajo los parámetros establecidos en las resoluciones ambientales y con las recomendaciones dadas en las Cumbres Mundiales de Cambio Climático, COP 21, COP 22 y COP 23.

Dada la existencia de una controversia jurídica con protuberantes fallas administrativas por parte de Emab, en ejercicio del derecho que nos asiste presentamos ante el Tribunal Administrativo de Santander Acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho contra la Resolución No. 327 de 28 de Julio de 2017, proferida por EMAB S.A. ESP, en la que se declara desierto el proceso público.

Mantenemos nuestro interés en conciliar. Proponemos desarrollar un proyecto piloto por 360 toneladas por día, con el que se podrán demostrar las bondades del proyecto definido por nosotros. La inversión y el riesgo serán a nuestro cargo, sin afectar la tarifa de disposición final. Hemos estudiado las condiciones colombianas, y estamos empeñados en desarrollar el proyecto en diversos lugares del país y en América Latina, pues sabemos los grandes beneficios que traerá.

PETICIÓN

  1. A la Honorable Concejala Nancy Elvira Lora, presidenta del Concejo, para que esta comunicación sea leída en sesión plenaria del Concejo de Bucaramanga.
  2. Al Concejo de Bucaramanga, rectificación por parte de los Concejales citantes e intervinientes de lo manifestado en contra de VITALOGIC RSU en el desarrollo del debate de control político realizado al Gerente de EMAB, doctor José Manuel Barrera el día 21 de marzo del año en curso, empleando la misma difusión a través de la Internet y prensa.
  3. A la honorable Concejala Presidenta del Concejo Municipal de Bucaramanga: Se suministre a nuestra costa la grabación y la impresión de la transcripción de la totalidad del debate de control político realizado al Doctor José Manuel Barrera Gerente de EMAB S.A. ESP.

 

JOSE MANUEL HORMAZA REY

CC 10.529.129 de Popayán

Representante Legal

UNION TEMPORAL VITALOGIC RSU